Hacer un post tutorial para herencias es fruto de una anécdota que recientemente ha sucedido en mi despacho y que me gustaría compartir con vosotros.

Tengo la costumbre de aprovechar cuando firmo una declaración de herederos para “reñir” a los ciudadanos, y recordarles que si firmo ese documento es porque alguien falleció sin testamento; y eso ya no tiene remedio.

En ese momento son muy conscientes de lo engorroso que es la declaración de herederos intestados, por lo que les recuerdo que si no quieren que sus seres queridos pasen por esa situación, no está de más hacer testamento (máxime cuando se hace en unos diez minutos y cuesta unos 40€)

Inexorablemente todos me dicen que comentarán con su padre o su cónyuge el tema.

Y a todos les respondo que cuanto tengan a su padre madre o cónyuge delante; ya me encargaré de reñirles yo, pero que ahora los tengo a ellos delante, así que (salvo que vayan a vivir eternamente) es mejor que resuelvan sus problemas y no los ajenos.

Estaba en estas, cuando la heredera me comenta que es increíble que no haya un manual o tutoríal para las herencias, pues es un tema muy complicado.

Fui fulminante.

Señora, ese manual existe, y se llama Código Civil

La respuesta  me dejó frío.

Ya lo se, soy licenciada en derecho, y lo he intentado, pero es muy complicado de entender

Visto su interés en un tutorial para herencias, y visto que el Código Civil, para un licenciado en derecho no es un tutorial, me quedé con la duda de si estaba ante el único ciudadano español capaz de entender el manual de instrucciones de un mueble de Ikea.

Sea como, llevo perdida la cuenta de las entradas de mi blog, en las que explico los problemas de las herencias, y desconozco cuantas webs hacen lo mismo, por lo que intentaré hacer ese tutorial para herencias, aunque antes quisiera recordaros unas cosas.

  • Que notario te asesora gratuitamente de las cuestiones jurídicas relacionadas con la escritura que vas a firmar.
  • Que si lo que necesitas es: no ya saber qué hacer, sino qué te conviene hacer, es más que recomendable acudir a un abogado (pues el asesoramiento del notario es imparcial, y el del abogado conforme a tus intereses)
  • Que igual necesitas otros profesionales en función de lo compleja que sea la herencia
  • Que no hay cosa mas barata que la que se paga, y que la mejor manera de tener problemas, es hacer por uno mismo  aquello que no sabe hacer.

¿Distingues un derecho de una obligación?

Una cosa es el plazo para liquidar el impuesto de sucesiones y donaciones (seis meses a contar desde el fallecimiento) y otra bien distinta el plazo para practicar la partición (que no existe).

Anticipando lo que luego veremos, el liquidar impuestos, es el mero cumplimiento de un deber formal, por lo que no implica aceptación de herencia (sentencia del Tribunal Supremo de 20 de enero de 1998)

Es recomendable, pero no obligatorio, que aproveches que “te metes en papeleo” para dejarlo todo zanjado; pero estamos ante una mera recomendación general, que no vale siempre (especialmente si dudas de las deudas del causante)

¿Qué bienes dejó el difunto?

Sobre el tema tengo escrito este post.

Lo cierto es que no hay manera infalible de saber que bienes y deudas dejó una persona; y que desde luego si sus herederos (que algún trato tuvieron con él) no lo saben, ni el causante dejó instrucciones (un acta notarial es un documento muy barato) mucho menos lo sabrá un tercero.

En todo caso, hay soluciones, como las que te explico en el post que te he puesto al principio, y puede que por la complejidad del asunto, sea necesario incluso contratar a un detective (pero pocos son los casos en la práctica en lo que es necesario

¿Acepto o no la herencia?

Estamos ante un momento muy importante para el heredero, pues aceptando la herencia, la recibe: con lo bueno (los bienes) y lo malo (las deudas)

Toda precaución a la hora de aceptar la herencia es poca, y por eso en este post te explico qué es la aceptación de la herencia.

Nada impide, aceptar a beneficio de inventario, o pedir inventario antes de aceptar o renunciar, y sobre el tema tienes escrito este post, pero recuerda:

  1. Que el inventario tiene unos plazos muy perentorios
  2. Que el inventario lo hace el heredero bajo su responsabilidad

Por supuesto que la renuncia de herencia es algo importante, y sobre ella te informo en este post.

Puede suceder que el heredero no haga nada, lo cual perjudica a los demás coherederos, quienes podrán requerirle para que manifieste si acepta o renuncia la herencia.

También puede que no sea posible encontrar al heredero, por lo que habrá que nombrarle judicialmente un representante.

¿Sabes qué es la comunidad hereditaria?

Una vez aceptada la herencia, los herederos forman lo que se llama la comunidad hereditaria.

Esta comunidad recae sobre todos los bienes, y no sobre la suma de los mismos.

Parece difícil de entender, pero imagina un lapicero lleno de lápices.

En la comunidad hereditaria tienes derecho sobre el lapicero lleno de lápices, que no es lo mismo que tener derecho sobre cada lápiz.

Para que de tener un derecho sobre un conjunto de bienes, pases a tener derecho sobre unos bienes concretos, es necesaria la partición.

¿Qué es la partición?

Es la valoración de bienes, pago de deudas y reparto del remanente entre las personas llamadas a la sucesión; normalmente por acuerdo entre herederos que hayan aceptado la herencia (ojo que conviene no confundir al heredero y al legatario).

Sin embargo este acuerdo se tiene lugar:

  1. Previo pago de deudas
  2. Respetando el derecho de los legitimarios (que no tienen por qué ser herederos) sin perjuicio de que puedan ser desheredados
  3. Por acuerdo unánime, de modo que la falta de acuerdo de uno de los herederos impide la partición.

Para evitar los inconvenientes de la falta de acuerdo unánime entre los herederos caben tres soluciones:

  1. Que el propio testador haga la partición (infrecuente en la práctica pues nadie sabe cuando va a morir ni que bienes tendrá)
  2. Que entre los herederos se entable un procedimiento judicial y que sea el juez el que decida
  3. Que el Notario a instancia de  la mayoría nombre contador partidor que se encargue de repartir la herencia

¿Hay tutorial para herencias?

Pues creo que en este post lo hago, y no se cuantos tutorales más te he enlazado en los que se van desgranando los artículos más importantes del Código Civil, pero hay muchos más.

No es que las herencias sean complicadas, es que el ser humano lo es, e igual que no hay dos personas iguales, no hay dos herencias iguales.

En todo caso, si ya has visto que incluso para un licenciado en derecho resulta complicado entender el tema, por eso vuelvo a insistir en que no está de más que te dejes asesorar por los profesionales que según el caso concreto vayan a ser necesarios.

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