Declaración de herederos intestados

Infórmate sobre la declaración de herederos intestados en la notaría de Sevilla que sirve el Notario Francisco Rosales.
declaración de herederos intestados Francisco Rosales de Salamanca

¿Qué Notario ha de tramitar un acta de declaración de herederos intestados?

Para tramitar una declaración de herederos intestados es competente el Notario del lugar donde el causante hubiera tenido:

  • Su domicilio o residencia habitual (lo cual se acredita fundamentalmente con el DNI del difunto o con un certificado de empadronamiento).
  • La mayoría del patrimonio (siendo necesario presentar un principio de prueba)
  • El del lugar de fallecimiento (lo cual se acredita con el certificado de defunción).

 

A falta de los anteriores criterios el Notario del domicilio del requirente.

Una novedad es que la competencia alcanza a todo el distrito notarial o distritos colindantes, por lo que desde esta Notaría en Los Palacios y Villafranca podemos tramitar declaraciones de herederos intestados en los distritos notariales de: Sevilla, Dos Hermanas, Morón de la Frontera, Marchena, Jerez de La Frontera y Sanlucar de Barrameda (En este enlace tiene los distritos notariales de la provincia de Sevilla, y en este los enlaces de los distritos notariales de Cádiz).

Lo que si que hay que tener en cuenta es que la competencia territorial del Notario no le permite el desplazamiento, por lo que son los ciudadanos los que tienen que acudir a la Notaría; sin embargo un Notario de Los Palacios y Villafranca sólo puede firmar en esta localidad.

Aceptado el requerimiento por un Notario se excluye la competencia de los demás.

Cómo saber qué notario puede tramitar una declaración de herederos intestados Share on X

¿Cuándo es necesario hacer un acta de declaración de herederos intestados?

Cuando hay que practicar la partición de una herencia de una persona que no ha hecho testamento (si ha hecho o no testamento se comprueba con un certificado que se expide en el Registro General de Actos de Última voluntad).

Se hace declaración de herederos intestados cuando alguien fallece sin haber hecho testamento Share on X

¿Quienes son los herederos intestados de una persona?

Estos son los herederos intestados de una persona en la mayor parte de España Share on X

Por orden sucesivo:

  1. Hijos y descendientes (aunque de haber cónyuge este tiene derecho a la legítima de una tercera parte de la herencia).
  2. Padres y ascendientes (aunque de haber cónyuge este tiene derecho a la legítima de la mitad de la herencia).
  3. Cónyuge sobreviviente.
  4. Hermanos e hijos de hermanos que hayan fallecido.
  5. Demás parientes hasta el cuarto grado (primos hermanos).

 

Lo cierto es que desde el 23 de Julio de 2015 ya no cabe hacer la declaración de herederos intestados judicialmente.

¿Qué documentos me pedirá el Notario para hacer una declaración de herederos intestados? Share on X

Caso de ser herederos descendientes, ascendientes o el cónyuge.

  1. D.N.I. del que promueve el acta que tiene que tener interés legítimo (basta con que sea una sola persona para realizar el acta, aunque para la herencia tendrán que firmar todos los declarados herederos).
  2. Certificado de defunción y certificado de Últimas Voluntades del difunto.
  3. Certificado literal de matrimonio del difunto si estaba casado (pues así se comprueba si hubo o no divorcio).
  4. Certificados literales de nacimiento de los hijos o libro de familia del fallecido.
  5. D.N.I. o certificado de empadronamiento del difunto para acreditar último domicilio.
  6. Certificado literal de nacimiento del difunto (para acreditar su vecindad civil y por tanto qué ley es aplicable).
  7. Dos testigos que conozcan a la familia.
  8. DNI de los llamados a la herencia e indicación de los representantes legales si alguno fuera menor o incapaz.

 

Si son herederos intestados los hermanos o demás parientes, además de los documentos anteriores:

  1. D.N.I. del que promueve el acta que tiene que tener interés legítimo (basta con que sea una sola persona para realizar el acta, aunque para la herencia tendrán que firmar todos los declarados herederos).
  2. Certificado de defunción y certificado de Últimas Voluntades del difunto.
  3. Fe de soltería (aunque en el certificado de defunción viene el estado civil, lo cual puede ser una prueba).
  4. Certificado de defunción de los padres.
  5. Libro de familia de los padres (en su caso los libros de familia que acrediten el parentesco)
  6. Certificado literal de nacimiento del difunto (para acreditar su vecindad civil y por tanto qué ley es aplicable).
  7. Certificado de nacimiento de las personas que se crean con derecho a la herencia.
  8. Dos testigos que conozcan a la familia.
  9. DNI de los llamados a la herencia e indicación de los representantes legales si alguno fuera menor o incapaz.

 

De no saberse la identidad o domicilio de algún heredero, el Notario publica anuncios en el BOE (lo cual encarece los costes) y en el plazo de un mes cualquier interesado, puede realizar alegaciones, formular oposición o aportar documentos.

Nada impide que el Notario, debido a la complejidad del asunto, o a la dificultad de recabar documentación pueda usar otros medios de prueba (anuncios en el tablón del ayuntamiento o periódicos locales).

¿En qué plazo a contar desde el fallecimiento hay que tramitar un acta de declaración de herederos intestados?

No hay plazo ni para incoar la declaración de herederos ni para hacer la partición de la herencia, pero recuerde que hay una obligación fiscal de liquidar el impuesto de sucesiones y donaciones dentro de los seis meses siguientes al fallecimiento de una persona.

¿Cuánto tarda la tramitación de la declaración de herederos Intestados?

Incoado el acta (lo que depende fundamentalmente del tiempo que se tarde en recabar la documentación necesaria), hay que esperar 20 días hábiles, transcurridos los cuales el Notario autoriza un acta de declaración de herederos intestados.

En el caso de que se ignore el domicilio o paradero de algún heredero, el Notario publicará anuncios y durante treinta días ha de esperar a que aparezca alguien haciendo alegaciones, por lo que los veinte días se cuentan desde el anuncio.

¿Cuánto cuesta un acta de declaración de herederos intestados?

El acta de Notoriedad de declaración de herederos intestados es un documento sin cuantía, aunque la cantidad de folios que hay que incorporar a la misma hace que su coste difícilmente esté por debajo de unos 200/250€.

Obviamente hablamos de una declaración de herederos a favor de descendientes, ascendientes o cónyuge; de ser a favor de colaterales, el volumen de documentación a incorporar puede duplicar dicho coste (sin perjuicio de costes adicionales como las publicaciones en BOE o periódicos locales ya expresadas).

Si quiere saber mas encontrara información gratuita en la web de mi compañero José Carmelo Llopis Benlloch.

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