La ejecución extrajudicial de hipoteca como medida de protección del deudor hipotecario

Infórmate sobre las ejecuciones extrajudiciales de hipoteca en la notaría de Sevilla que sirve el Notario Francisco Rosales.
ejecución extrajudicial de hipoteca Francisco Rosales de Salamanca

La ejecución extrajudicial de hipoteca puede ser una salida al problema de la falta de ingresos con los que pagar el préstamo hipotecario.

Normalmente quién llega a esa situación, está en una situación económica límite, y no sólo está dejando de pagar la hipoteca, sino que además tiene deudas adicionales (Hacienda, Seguridad Social, Ibi, tarjetas de crédito etc).

El impago de esas deudas provoca que los acreedores traten de cobrar y embarguen la vivienda.

En ese momento una dación en pago es, de hecho, imposible, pues no sólo estamos intentando que el banco al que le debemos un dinero acepte como pago un bien que vale mucho menos de lo que debemos, es que además esa dación en pago se haría arrastrando la finca todos los embargos, por lo que el banco además de la pérdida económica que sufre (no sólo por no cobrar dinero -que es lo que quiere- sino porque recibe un bien de valor inferior) ve que o atiende nuestras otras deudas, o pierde la vivienda.

La ventaja de la ejecución extrajuidicial de hipoteca, en estos casos, es que si no hay postores, el banco se queda con la vivienda, pero se limpian las cargas posteriores, por lo que el banco controla más su pérdida (que también la tiene).

Hay que aclarar que las cargas posteriores a la hipoteca se limpian, pero las deudas subsisten, no obstante la deuda garantizada por la hipoteca suele ser la más cuantiosa, por lo que aunque subsistan otras deudas, con la ejecución quizá podamos tener unas deudas más asumibles.

Esa ejecución de la hipoteca se puede hacer judicial o notarialmente, pero no se nos puede escapar, lo largo de un procedimiento judicial, lo importante de sus costas (que pagaremos nosotros) y sobre todo, que durante ese tiempo lo intereses de demora siguen corriendo.

Por eso la ejecución extrajudicial de hipoteca (nombre que de por si aterra a cualquiera) puede ser una solución, evidentemente no agradable, pero quizá la menos mala de las soluciones posibles

La ley 1/2013, de 14 de Mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social reforma el procedimiento extrajudicial de ejecución de hipoteca.

Es importante saber que si el deudor no resulta requerido de pago el Notario suspende el mismo, y que en cualquier momento puede acudir al juez reclamando si alguna cláusula es abusiva, pues el Notario  también lo suspenderá, por lo que si sabemos jugar nuestras bazas quizá tengamos resultados inesperados.

Evidentemente para que tengan lugar los beneficios de los que hablo, es necesario hablar y negociar con el banco (que muchas veces se ofrece a ello) para que acepte una rebaja importante, si no total de la diferencia entre el precio de adjudicación y el importe de la deuda, así como negociar con la entidad de crédito un alquiler social (que también más de una entidad está dispuesto a aceptar).

Si no sabe llevar esas negociaciones, es extraordinariamente que se asesore bien por un jurista, pues son temas complicados y delicados para afrontar por un ciudadano normal.

La ejecución extrajudicial de la hipoteca es una solución si tienes más deudas Clic para tuitear

En nuestro blog encontrará información adicional sobre la ejecución extrajudicial de hipoteca, y más concretamente:

 

  1. Cómo la ejecución extrajudicial de la hipoteca puede usarse como dación en pago.
  2. La legalidad del procedimiento extrajudicial de ejecución de hipoteca.
  3. Qué debe hacer el Notario en el procedimiento extrajudicial de ejecución de hipoteca.

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