Herencia a beneficio de inventario

Infórmate sobre la herencia a beneficio de inventario en la notaría de Sevilla que sirve el Notario Francisco Rosales.
beneficio de inventario Francisco Rosales de Salamanca

¿Por qué aceptar la herencia a beneficio de inventario?

Porque el heredero responde de las deudas del causante no sólo con los bienes de la herencia, sino con sus propios bienes.

Es importante tener en cuenta que una herencia puede tener deudas no fácilmente detectables como:

  1. Avales y fianzas prestados por el causante
  2. Deudas con hacienda
  3. Responsabilidades por daños
Si no aceptas la herencia a beneficio de inventario puedes responder de las deudas del difunto Clic para tuitear

¿Qué notario es competente para tramitar una aceptación de herencia a beneficio de Inventario?

Es competente el Notario del lugar donde el causante hubiera tenido:

  • Su domicilio o residencia habitual (lo cual se acredita fundamentalmente con el DNI del difunto o con un certificado de empadronamiento).
  • La mayoría del patrimonio (siendo necesario presentar un principio de prueba)
  • El del lugar de fallecimiento (lo cual se acredita con el certificado de defunción).

 

A falta de los anteriores criterios el Notario del domicilio del requirente.

Una novedad es que la competencia alcanza a todo el distrito notarial o distritos colindantes, por lo que desde esta Notaría en Los Palacios y Villafranca podemos nombrar contadores partidores en los distritos notariales de: distritos notariales de: Sevilla, Dos Hermanas, Morón de la Frontera, Marchena, Jerez de La Frontera y Sanlucar de Barrameda (En este enlace tiene los distritos notariales de la provincia de Sevilla, y en este los enlaces de los distritos notariales de Cádiz).

Lo que si que hay que tener en cuenta es que la competencia territorial del Notario no le permite el desplazamiento, por lo que son los ciudadanos los que tienen que acudir a la Notaría; sin embargo un Notario de Los Palacios y Villafranca sólo puede firmar en esta localidad (o pueblos del distrito de Sevilla que no tengan Notaría demarcada).

¿Qué plazo tengo para aceptar una herencia a beneficio de inventario?

Si el heredero tiene en su poder los bienes de la herencia o parte de ellos, o ha practicado alguna gestión como heredero

Treinta días naturales contados redes que sepa su condición de heredero

Si no tiene en su poder los bienes de la herencia o parte de ellos, pero ha sido requerido para aceptar o renunciar o practica alguna gestión como heredero

Treinta días naturales, pero se cuenta desde que venza el plazo que se le hubiere fijado conforme al artículo 1005 para aceptar o renunciar, o desde que haya aceptado o gestionado como heredero.

Si no concurren las circunstancias anteriores

Quince años

El problema es que el incumplimiento de plazos implica que el heredero responda personalmente de las deudas del causante, y que tal extremo sólo puede comprobarse a posteriori; comparto con mi compañero José Carmelo Llopis Benlloch que es el heredero el que, bajo su responsabilidad, ha de manifestarle al Notario si está o no en plazo, aunque también es obligación del Notario, dentro de su deber de asesoramiento gratuito, informar de dichos plazos y dejar constancia de ello en la escritura.

Si quieres aceptar a beneficio de inventario, no olvides los plazos ¿cuales son? Clic para tuitear

¿Qué documentos tengo que aportar para aceptar una herencia a beneficio de inventario?

  1. Certificado de Defunción
  2. Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad
  3. Copia autorizada del Testamento o de la Declaración de Herederos Intestados

 

Con esos documentos ya se puede aceptar a beneficio de inventario, autorizando el Notario una escritura cuyo coste no supera los 100€

¿Puedo pedir Inventario antes de aceptar o renunciar la herencia?

La respuesta no sólo es que si, sino que es lo más recomendable

Aceptada la herencia a beneficio de inventario ¿cuales son los trámites a seguir?

  1. El Notario inicia un expediente y comienza citando a legatarios y acreedores, a cuyo efecto publicará anuncios.
  2. También recabará certificación del Registro de la Propiedad, en relación a los inmuebles del causante.
  3. Incorporará los documentos aportados por el requirente para justificar el activo y el pasivo de la herencia.
  4. Nombrará peritos para la valoración de los bienes.

 

No es un acta económica y su coste difícilmente bajará de los 500 €, siendo que el número de folios y diligencias puede incrementar mucho el coste, en todo caso, es muy económico, frente al grave riesgo que supone responder con nuestros propios bienes de la herencia de alguien

No basta con aceptar la herencia a beneficio de inventario, hay que tramitar un expediente Clic para tuitear

¿Han de proceder todos los herederos de común acuerdo para usar el beneficio de inventario?

La respuesta es negativa, y cada heredero puede acudir al Notario que más le convenga para usar el beneficio de inventario, pero en tal caso los gastos se multiplicarán por el número de herederos, y por ello, siempre que sea posible es muy recomendable que todos o la mayoría actúen conjuntamente, pues además de esa forma no sólo se hará inventario, sino que se liquidarán las deudas, y se ahorrarán los herederos: tanto problemas como dinero.

¿Puedo perder el beneficio de inventario?

  1. Dejar de incluir a sabiendas en el inventario, bienes, derechos o acciones de la herencia
  2. Vender bienes de la herencia antes de pagar deudas, si no hay autorización de todos los interesados o si no se da al precio de venta el destino previsto en la autorización
  3. No comenzar o no acabar el inventario en plazo

 

Si quiere saber más sobre el tema, les recomendamos que consulte gratuitamente el extenso trabajo que sobre la materia hemos publicado en el blog de la Notaría.

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