Compraventa de participaciones sociales

Infórmate sobre la compraventa de participaciones sociales en la notaría de Sevilla que sirve el Notario Francisco Rosales.
compraventa de participaciones sociales Francisco Rosales de Salamanca

¿Qué documentación hay que aportar en Notaría para hacer una compraventa de participaciones sociales?

Para hacer una escritura de compraventa de participaciones sociales hace falta aportar a la Notaría la siguiente documentación:

  1. Título de propiedad del vendedor.
  2. D.N.I. compradores y vendedores y en su caso poderes de la sociedad o vigencia del cargo del representante.
  3. Estatutos de la sociedad (constan en la escritura de constitución o la de adaptación).

 

¿Hace falta algún requisito mas para realizar una compraventa de participaciones sociales?

Suelen ser diversas las limitaciones que imponen las sociedades para el ingreso de nuevos socios, por lo que habrá que estar a la ley y los estatutos, pero como regla general la venta de participaciones sociales a un extraño ha de ser comunicada previamente al órgano de administración y los demás socios pueden tener derecho a adquirirlas preferentemente.

Recuerde que la sociedad no tendrá en cuenta al nuevo socio si la compraventa no es comunicada al órgano de administración, para lo cual lo más adecuado es que: o dicho órgano de administración comparezca en la escritura dándose por notificado, o se le notifique la venta por el Notario.

¿La compraventa de participaciones sociales se inscribe en el Registro Mercantil?

La venta de participaciones y acciones no es inscribible en Registro alguno (lo que abarata su coste), pero si como consecuencia de ello la sociedad pasa a ser unipersonal, o deja de ser unipersonal, o cambia el socio único, si que hay que inscribir estos extremos.

La compraventa de participaciones sociales no hay que inscribirla en el Registro Mercantil Clic para tuitear

¿Qué tiempo tarda el Notario en hacer una escritura de compraventa de participaciones sociales?

Normalmente es un documento fácil que se puede hacer de un día para otro, aunque el conjunto de estipulaciones que acompañen al contrato pueden complicarlo (normalmente la venta puede ir unida a otras escrituras, como las de cambio de domicilio y/o régimen de administración de la sociedad, o de las personas de los administradores).

¿Qué coste fiscal tiene una escritura de compraventa de participaciones sociales?

Está exenta del Impuesto del Transmisiones Patrimoniales onerosas, pero que hay excepciones (art 108 de la Ley del Mercado de Valores), lo cual puede influir en el coste.

No olvides que sin embargo si tributa por el IRPF o Impuesto de Sociedades, no cometas el error por tanto de confundir el valor nominal de las participaciones y su valor real, pues hacienda puede inspeccionar.

Normalmente la venta de participaciones sociales no paga el impuesto de ITPAJD Clic para tuitear

¿Cuánto cuesta una escritura de compraventa de participaciones sociales?

La compraventa de participaciones sociales es un documento notarial de cuantía, por lo que su coste dependerá del precio de venta.

Un error muy frecuente es que se vendan participaciones sociales a distintas personas, por lo que puede haber varias bases arancelarias, lo mismo que si la escritura contiene otros actos (por ejemplo cambio del órgano de administración o de domicilio social). Lo más recomendable es que acuda a la Notaría explicando sus intereses y pregunte el coste de la escritura (en todo caso suele ser inferior al de una compraventa de una casa).

¿Y si lo que trato es organizar la empresa familiar con la compraventa de participaciones sociales?

Recomendamos que en la empresa familiar se haga una completa revisión de los estatutos para una mejor adaptación de la empresa, y a tal efecto informamos gratuitamente de algunas soluciones en nuestro blog.

 

Siempre que acuda a una Notaría recuerde

  1. Ud tiene el derecho de elegir libremente el Notario que quiere que le atienda.
  2. Conviene ir sin prisas a la Notaría, preguntar todo lo que no se entienda y expresar nuestras necesidades tranquilamente (así seremos mejor atendidos y se resolverán mejor nuestros problemas). No firme nunca algo que no entienda, y mucho menos algo con lo que no esté conforme.
  3. Toda actuación ante Notario, está protegida, no sólo por el secreto profesional, además el Notario ha de guardar secreto de protocolo.
  4. En esta web, que no tiene finalidad comercial, encontrará información de algunos de los asuntos que pueden ser objeto de su visita en cualquier Notaría de España.

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