Escritura de declaración de obra nueva
Infórmate sobre la escritura de declaración de obra nueva en la notaría de Sevilla que sirve el Notario Francisco Rosales.Documentación necesaria para hacer una escritura de declaración de obra nueva
Para hacer una escritura de declaración de obra nueva, debes aportar el título de propiedad de quién vaya a realizarlas; Si fueran sociedades, los poderes correspondientes o vigencia del cargo del representante.
Si está construida
1.- Cuando la antigüedad es superior a seis años.
- Certificado catastral, certificado técnico o certificado municipal que lo acredite (deberá constar en los mismos, al menos, el número de plantas, la superficie de parcela ocupada, el total de los metros cuadrados edificados).
- Si la obra es posterior al 5/05/2000 o tiene menos de diez años, es necesario el seguro previsto en la ley de ordenación de la edificación.
- Representación gráfica georreferenciada de la finca, que exprese si resultan debidamente acreditadas las coordenadas georreferenciadas de sus vértices (necesariamente ha de ser la certificación catastral descriptiva y gráfica, y si no se corresponde con la realidad hay que iniciar un expediente de coordinación entre registro y catastro, tras la resolución de la DGSJFP de 29 de marzo de 2021 en su artículo 10 basta aportar el csv del informe catastral de ubicación de construcciones en parcelas catastrales, para así poder comprobar que la construcción está dentro de la parcela )
Recuerda que la obra puede estar asimilada a fuera de ordenación (especialmente si se encuentra en suelo rústico) en cuyo caso te puede interesar leer este post en nuestro blog.
2.- Cuando la antigüedad de la obra es inferior a seis años.
- Licencia de obras (la cual, en Andalucía, caduca, salvo prórroga: si las obras no comienzan en el plazo de un año o no concluyen en el plazo de tres).
- Certificado de fin de obra expedida por el director facultativo, que esté visada por el colegio profesional y con firma legitimada notarialmente, en la que se acredite que la descripción de la obra se ajusta al proyecto para el que se obtuvo licencia.
- En caso de viviendas seguro decenal (salvo auto promotores individuales de una única vivienda unifamiliar para uso propio).
- Licencia de primera ocupación o utilización.
- Certificado de eficiencia energética.
Si está en construcción
- Licencia de obras.
- Certificado técnico expedido por la dirección facultativa de las mismas y visado por el Colegio profesional correspondiente, acreditativo de que la descripción de la obra nueva se ajusta al proyecto para el que se obtuvo la licencia.
- Representación gráfica georreferenciada de la finca, que exprese si resultan debidamente acreditadas las coordenadas georreferenciadas de sus vértices (necesariamente ha de ser la certificación catastral descriptiva y gráfica, y si no se corresponde con la realidad hay que iniciar un expediente de coordinación entre registro y catastro -resulta sorprendente que este requisito se pida para las obras nuevas en construcción y no construidas-)
¿Qué es una declaración de obra nueva?
Es una manifestación hecha en escritura pública en la que el propietario o propietarios de una finca hacen constar que en ella se ha realizado o se está realizando una edificación, o una mejora en la ya existente.
Si es un edificio, hay que especificar: el número de plantas, la superficie de parcela ocupada, los metros edificados y el número de elementos susceptibles de aprovechamiento independiente.
¿Qué coste fiscal tiene una declaración de obra nueva?
La declaración de obra nueva tributa por el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, dado que se trata de una escritura que tiene por objeto una cosa valuable y es inscribible (eso si voluntariamente) en el Registro de la Propiedad
En Andalucía la declaración de obra nueva tributa al 1.5% del valor de la obra declarada.
¿Cuánto cuesta una declaración de obra nueva?
Es un documento de cuantía tanto en los honorarios Notariales (en los que tiene una reducción del 5% en el número 2 del Arancel Notarial) como en los honorarios registrales, por lo que su coste dependerá fundamentalmente del valor de la obra y del número de folios que lleve la escritura.
Siempre que acuda a una Notaría recuerde
- Ud tiene el derecho de elegir libremente el Notario que quiere que le atienda.
- Conviene ir sin prisas a la Notaría, preguntar todo lo que no se entienda y expresar nuestras necesidades tranquilamente (así seremos mejor atendidos y se resolverán mejor nuestros problemas). No firme nunca algo que no entienda, y mucho menos algo con lo que no esté conforme.
- Toda actuación ante Notario, está protegida, no sólo por el secreto profesional, además el Notario ha de guardar secreto de protocolo.
- En esta web, que no tiene finalidad comercial, encontrará información de algunos de los asuntos que pueden ser objeto de su visita en cualquier Notaría de España.